Chubut limita a los supermercados

Los hipermercados, supermercados y minimercados que operan en la provincia de Chubut no podrán vender productos dulces en su línea de cajas, a partir de una ley promulgadas por el Poder Ejecutivo local. El proyecto había sido una iniciativa de la diputada...

31/08/2020 - 15:08 - Canales
Autor: Trade & Retail

Los hipermercados, supermercados y minimercados que operan en la provincia de Chubut no podrán vender productos dulces en su línea de cajas, a partir de una ley promulgadas por el Poder Ejecutivo local.

El proyecto había sido una iniciativa de la diputada provincia Xenia Gabella (PJ), quien entiende que esta medida ayudará a que no se siga incrementando la obesidad en el país, y sobre todo para el avance de la obesidad infantil

La norma prohíbe “todo tipo de oferta de alimentos de alta densidad calórica a expensas de azúcares y jarabe de maíz de alta fructosa, en las inmediaciones de las cajas registradoras, y en la salida, y en hasta tres (3) metros de su ubicación, en supermercados, hipermercados y mini mercados, que posean más de dos cajas para el cobro a los clientes, en todo el territorio de la Provincia de Chubut”.

En el Artículo 2º establece también la prohibición de “todo tipo de oferta de bebidas que contengan azúcar o jarabe de maíz de alta fructosa, en cualquiera de sus formas, de frutas artificiales o bebidas energizantes”, en las mismas áreas de los locales reseñadas anteriormente.

Precisamente, en las adyacencias de cajas registradoras y accesos, yb hasta tres metreos de su ubicación, también se prohíbe “todo tipo de oferta de alimentos con alto contenido en sodio, en formas de galletas y snacks”

Además, la ley obliga a los hipermercados, supermercados y minimercados a exhibir letreros dentro de los locales “con mensajes educativos que concienticen y promocionen modos de alimentación saludable”.

La ley que es novedad en Chubut es muy similar a la que rige en Río Negro en cuanto a la oferta de alimentos con alto contenido de azúcar o jarabe de maíz de alta fructosa, aunque en la normativa rionegrina la prohibición alcanza a hipermercados y supermercados, y nada dice de los minimercados.

Vale recordar que el año pasado, en Santa Fe, el entonces diputado provincial Jorge Henn presentó en la Legislatura de su provincia un proyecto que transitaba el mismo camino que las leyes vigentes en Río Negro, primero, y ahora en Chubut.

Como se sostuvo en aquel entonces, y se ratifica ahora, los loables objetivos que buscan estas normativas chocan con realidades del mercado: los supermercados sólo venden el 12% del total de las golosinas comercializadas en el país, en tanto los quioscos expenden el 56%, según la Canasta Nielsen de 2019.

Y en cuanto a las bebidas no alcohólicas con o sin azúcar de maíz de alta fructosa, los supermercados comercializan el 20% del total, en tanto los almacenes se llevan el 37%, los quioscos el 19 % y los autoservicios el 18%.

Ante todo, a la hora de legislar para el bien común, los encargados de hacerlo deben tener una mirada completa y objetiva de la realidad, para dar en el blanco del objetivo y no errar el vizcachazo y producir nuevas inequidades.


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