31/08/2020 - 15:08 - Canales
Autor: Trade & Retail
Los hipermercados, supermercados y minimercados que operan en la provincia de Chubut no podrán vender productos dulces en su línea de cajas, a partir de una ley promulgadas por el Poder Ejecutivo local.
El proyecto había sido una iniciativa de la diputada provincia Xenia Gabella (PJ), quien entiende que esta medida ayudará a que no se siga incrementando la obesidad en el país, y sobre todo para el avance de la obesidad infantil
La norma prohíbe “todo tipo de oferta de alimentos de alta densidad calórica a expensas de azúcares y jarabe de maíz de alta fructosa, en las inmediaciones de las cajas registradoras, y en la salida, y en hasta tres (3) metros de su ubicación, en supermercados, hipermercados y mini mercados, que posean más de dos cajas para el cobro a los clientes, en todo el territorio de la Provincia de Chubut”.
En el Artículo 2º establece también la prohibición de “todo tipo de oferta de bebidas que contengan azúcar o jarabe de maíz de alta fructosa, en cualquiera de sus formas, de frutas artificiales o bebidas energizantes”, en las mismas áreas de los locales reseñadas anteriormente.
Precisamente, en las adyacencias de cajas registradoras y accesos, yb hasta tres metreos de su ubicación, también se prohíbe “todo tipo de oferta de alimentos con alto contenido en sodio, en formas de galletas y snacks”
Además, la ley obliga a los hipermercados, supermercados y minimercados a exhibir letreros dentro de los locales “con mensajes educativos que concienticen y promocionen modos de alimentación saludable”.
La ley que es novedad en Chubut es muy similar a la que rige en Río Negro en cuanto a la oferta de alimentos con alto contenido de azúcar o jarabe de maíz de alta fructosa, aunque en la normativa rionegrina la prohibición alcanza a hipermercados y supermercados, y nada dice de los minimercados.
Como se sostuvo en aquel entonces, y se ratifica ahora, los loables objetivos que buscan estas normativas chocan con realidades del mercado: los supermercados sólo venden el 12% del total de las golosinas comercializadas en el país, en tanto los quioscos expenden el 56%, según la Canasta Nielsen de 2019.
Y en cuanto a las bebidas no alcohólicas con o sin azúcar de maíz de alta fructosa, los supermercados comercializan el 20% del total, en tanto los almacenes se llevan el 37%, los quioscos el 19 % y los autoservicios el 18%.
Ante todo, a la hora de legislar para el bien común, los encargados de hacerlo deben tener una mirada completa y objetiva de la realidad, para dar en el blanco del objetivo y no errar el vizcachazo y producir nuevas inequidades.