29/10/2020 - 14:10 - Canales
Autor: Trade & Retail
Que busca modificar la ley vigente e implementar restricciones a las futuras aperturas de supermercados en cadena, “Ninguna persona física o jurídica, conjunto económico o grupo de sociedades o empresas cualquiera sea la forma jurídica que adopten, podrán ser titulares, ya sea como propietarios, arrendatarios, usufructuarios, franquiciados o similares de más de veinte establecimientos comerciales destinados a la venta de artículos alimenticios, higiene personal y de uso doméstico por Departamento y cincuenta en total a nivel nacional.
Aún teniendo menos de veinte locales deberá pasar por la Comisión Departamental de Protección de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa Comercial y Artesanal correspondiente al Departamento, si en su conjunto los locales ocupan más de cuatro mil metros cuadrados de atención al público. El informe deberá ser previo, resolutivo y necesario en todos los casos. En caso de violación de esta disposición, la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia, deberá proceder a la clausura del local. ”El proyecto de Ley ingresado también modifica las formas comerciales, incluyendo los pagos a proveedores,
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